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Un guante es un equipo de protección individual (EPI) destinado a proteger total o parcialmente la mano. También puede cubrir parcial o totalmente el antebrazo y el brazo. En el lugar de trabajo, las manos del trabajador, y por las manos su cuerpo entero, puede hallarse expuesto a riesgos debidos a acciones externas, acciones sobre las manos y también es posible que se generen accidentes a causa del uso o la mala elección del propio guante. La seguridad de la mano en el trabajo depende fundamentalmente de la eficacia del guante que la protege. En cada oficio es preciso definir el guante en función de los imperativos de protección, de ergonomía y de confort. En algunos casos el guante no dará la protección esperada si no queda bien ajustado. Existen diferentes tallas de acuerdo con el sistema común europeo. Si un guante no tiene la longitud indicada en las tablas de tallas, el fabricante debe indicar explícitamente que se trata de un guante de una talla especial para una aplicación especial. Los guantes de trabajo, al igual que el resto de Equipos de Protección Individual, se clasifican en 3 categorías en función del riesgo: Categoría I: De diseño sencillo. Protegen contra riesgos leves o menores. Estos guantes podrán fabricarse sin ser sometidos a examen de tipo CE, y el fabricante o distribuidor podrá emitir un autocertificado de conformidad. Categoría II: De diseño intermedio. Protege de riesgos intermedios, es decir, que no puedan causar lesiones graves o la muerte. Son certificados por un laboratorio u organismo notificado. Categoría III: De diseño complejo. Protege contra riesgo de lesiones irreversibles o la muerte. Son certificados por un laboratorio u organismo notificado y por un control de la fabricación por parte del mismo organismo. Todos los guantes de protección comercializados dentro de la Unión Europea tienen que estar oportunamente certificados. En el certificado se identificarán mediante pictogramas en forma de escudo los riesgos que están cubiertos por el guante, también se hará constar el "nivel de prestación" que es la eficiencia para cada tipo de riesgo cubierto. El nivel de protección se especifica mediante un número entre 0 y 4 que corresponde a los resultados de las pruebas realizadas en el laboratorio. El nivel 0 indica que el guante no ha sido probado o que los resultados son inferiores al mínimo exigido. Los resultados del guante son mejores cuanto más alto es el número. Existen normas armonizadas a nivel europeo destinadas a la evaluación de la conformidad de los guantes. 1.- Marcado de guantes de protección Aparte del obligatorio marcado "CE" conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1407/1992, el guante puede ir marcado con los siguientes elementos, según lo exigido en la norma UNE - EN 420: - Dirección conocida y completa del fabricante o del representante autorizado. - Marca y referencia (nombre comercial o código). - Información sobre la gama disponible de tallas.
- Cuando sea aplicable, pictogramas que definen las características técnicas con los niveles de protección correspondientes. - Instrucciones del cuidado:
• Instrucciones del almacenaje si es relevante. - Referencia a los accesorios y a las piezas de repuesto si es relevante. - Fecha de caducidad, si las prestaciones protectoras pueden verse afectadas significativamente por el envejecimiento. - Tipo de empaquetado conveniente para el transporte. - Inocuidad (por ejemplo: ph de los materiales lo más neutro posible). - Desteridad: conviene que un guante proporcione la mayor flexibilidad dependiendo del uso al que esté destinado. - Composición del guante. - Guantes de alta visibilidad. Asimismo el envase de los guantes se marcará con estos elementos y además con el pictograma apropiado al riesgo cubierto por el guante, cuando éste alcance al menos el nivel 1 en el ensayo de prestaciones correspondiente. 2.- Selección de guantes de protección
- La elección debe ser realizada por personal capacitado y requerirá un amplio conocimiento de los posibles riesgos del puesto de trabajo y de su entorno, teniendo en cuenta la participación y colaboración del trabajador que será de capital importancia.
- El folleto informativo referenciado en el R.D. 1407/1992 contiene, en la(s) lengua(s) oficial(es) del Estado miembro, todos los datos útiles referentes a: almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, desinfección, accesorios, piezas de repuesto, fecha o plazo de caducidad, clases de protección, explicación de las marcas, etc.
- El empresario debe confeccionar una lista de control, con la participación de los trabajadores, para cada sector de la empresa o ámbito de actividad que presente riesgos distintos. Se ha demostrado fundamental para la adecuada elección de los distintos modelos, fabricantes y proveedores, que dicha lista forme parte del pliego de condiciones de adquisición.
- Normalmente los equipos de protección no se deben intercambiar entre varios trabajadores, pues la protección óptima se consigue gracias a la adaptación del tamaño y ajuste individual de cada equipo.
- Para determinadas labores, es necesario exigir que los guantes elegidos presenten un cierto nivel de desteridad que se deberá tener en cuenta al elegir una prenda, y teniendo en cuenta la necesidad de la protección más elevada posible.
- Los guantes de protección deben ser de talla correcta. La utilización de unos guantes demasiado estrechos puede, por ejemplo, mermar sus propiedades aislantes o dificultar la circulación.
- Al elegir guantes para la protección contra productos químicos hay que tener en cuenta los siguientes elementos:
• en algunos casos ciertos materiales, que proporcionan una buena protección contra unos productos químicos, protegen muy mal contra otros.
- Los guantes de PVA no son resistentes al agua. 3.- Uso y mantenimiento de guantes de protección
- Los guantes deben ser objeto de un control regular, si presentan defectos, grietas o desgarros y no se pueden reparar, hay que sustituirlos dado que su acción protectora se habrá reducido. La vida útil de los guantes de protección guarda relación con las condiciones de empleo y la calidad de su mantenimiento. Se aconseja al empresario que precise en la medida de lo posible el plazo de utilización (vida útil) en relación con las características de los guantes, las condiciones de trabajo y del entorno, y que lo haga constar en las instrucciones de trabajo junto con las normas de almacenamiento, mantenimiento y utilización.
- La piel es por sí misma una buena protección contra las agresiones del exterior. Por ello hay que prestar atención a una adecuada higiene de las manos con agua y jabón y untarse con una crema protectora en caso necesario y siempre después de usar guantes.
- En cuanto a los guantes de protección contra los productos químicos, estos requieren una especial atención, siendo conveniente resaltar los siguientes puntos:
• deberá establecerse un calendario para la sustitución periódica de los guantes a fin de garantizar que se cambien antes de ser permeados por los productos químicos.
- Los guantes en general, deberán conservarse limpios y secos por el lado que está en contacto con la piel. En cualquier caso, los guantes de protección deberán limpiarse siguiendo las instrucciones del proveedor.
- Al utilizar guantes de protección puede producirse sudor. Este problema se resuelve utilizando guantes con forro absorbente, no obstante, este elemento puede reducir el tacto y la flexibilidad de los dedos, así como la capacidad de asir. Utilizar este tipo de guantes reduce igualmente problemas tales como rozaduras producidas por las costuras, etc.
- Las manos deben estar secas y limpias antes de ponerse los guantes. |
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1.- Normas básicas: Esta norma establece las exigencias básicas para los guantes de protección y son: - Identificación del fabricante y de la marca del producto. - Composición del guante, embalaje, almacenamiento, mantenimiento y limpieza, etc. - Inocuidad: Los materiales y los componentes no deben afectar negativamente al portador y no dañar al usuario durante su uso normal. (por ejemplo: valor de ph de los materiales mayor de 3.5 y menor de 9.5 o limitación de contenido en cromo). - Ergonomía: Debe alcanzar el mayor grado posible de comodidad de acuerdo con la norma de protección adecuada. - Desteridad: Capacidad de manipulación para realizar un trabajo. Está relacionada con el espesor de material del guante, su elasticidad y su deformidad: o sea, la destreza que permite un guante a su usuario. - Pictogramas de marcado que definen las características técnicas de los guantes, tanto en su aplicación como en los resultados de los ensayos en laboratorio. - Información e instrucciones de uso y categoría de EPI a la que pertenece. - Tallas disponibles. Este es un estándar de referencia al que se referirá en otros estándares. Este estándar no se puede aplicar solamente, pero si en asociación con un estándar específico del producto.
2.- Marcado:
Todos los guantes de protección deben ir marcados con la siguiente información:
- Marca registrada o comercial o identificación del fabricante o del representante autorizado.
- Referencia del guante (Marca comercial o código)
- Indicación de la talla.
- Marcado de CE
- Si el marcado en el guante se establece una reducción del nivel de funcionamiento o es incompatible con el uso, el marcado deberá estar en el embalaje individual del producto. 3.- Contenido:
- Dirección conocida y completa del fabricante o del representante autorizado.
- Marca y referencia (nombre comercial o código)
- Información sobre la gama disponible de tallas.
- Cuando sea aplicable, pictogramas que indican las características técnicas con los niveles de protección correspondientes.
- Instrucciones para el uso si es relevante.
- Instrucciones del cuidado:
• Instrucciones del almacenaje si es relevante.
- Referencia a los accesorios y a las piezas de repuesto si es relevante.
- Tipo de empaquetado conveniente para el transporte. 4.- Instrucciones de uso:
Deben ser proporcionadas por el fabricante por lo menos en el lenguaje oficial del país de uso y deben ser exactas y comprensibles para el usuario. |
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Alcance: Esta norma se aplica a todos los guantes de protección destinados a proteger de los riesgos mecánicos y físicos ocasionados por abrasión, corte por cuchilla, perforación y desgarro, y deben cumplir con los requisitos generales establecidos en la norma EN 420, en materia de ergonomía, inocuidad, marcado, información e instrucciones de uso. Nota: los guantes contra-vibración no son cubiertos por este estándar. Cuando los guantes alcancen o superen el Nivel 1 deberán llevar marcado el pictograma. Requisitos:
Tests mecánicos 1.- Prueba de resistencia a la abrasión: La resistencia al corte y la resistencia a la abrasión son las características fundamentales de un guante para protección de uso general. Cuanto más fácilmente se gaste el material del guante, más rápidamente perderá otras propiedades de protección (resistencia al desgarramiento, resistencia a la perforación y posiblemente también la resistencia al paso de productos químicos). Esta prueba mide hasta qué punto resiste el material del guante al rozamiento repetido a través de una máquina que lo expone a repetidos ciclos de roce entre un peso calibrado y un papel abrasivo. Se realiza con cuatro muestras de guantes diferentes del mismo tipo y se registra el número de ciclos realizados hasta abrir un hueco. La máquina sólo se detiene después de cada tantos ciclos (100, 500, 2.000 y 8.000) asi que no se establece exactamente cuántos ciclos resiste el guante, sino hasta que cantidad de ciclos resiste. El guante se clasifica en la categoría inmediatamente inferior al ciclo en el que se ha roto. Se han definido 4 niveles: cuánto más alto es el nivel, más resistente a la abrasión. |
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Esta Norma Europea especifica las clases de protección y las especificaciones relativas al coeficiente de transmisión de los filtros para la protección contra la radiación ultravioleta. Las demás especificaciones aplicables a este tipo de filtros y a las monturas a las que se destinan vienen dadas en la Norma EN 166. 1.- Concepto de radiación ultravioleta Se entiende por radiación ultravioleta aquella forma de energía radiante que proviene del sol o de fuentes artificiales. Las diversas formas de radiación se clasifican según la longitud de onda medida en nanómetros (nm), que equivale a un millonésimo de milímetro. Cuanto más corta sea la longitud de onda, mayor energía tendrá la radiación. 2.- Protección ocular frente radiación ultravioleta
3.- Tipología de lentes protectoras frente a radiación ultravioleta
• Policarbonato Incoloro filtro UV 4.- Efectos en la salud de la radiación ultravioleta
• UVA (320-400 nm): Afectan básicamente a la dermis: reacciones de fotosensibilidad y deshidratación. En definitiva, los daños, tanto a largo como a corto plazo, van desde el parpadeo y lagrimeo excesivo, visión borrosa, queratitis o cataratas hasta cáncer de piel, daños oculares, debilitación del sistema inmunológico o envejecimiento cutáneo prematuro. |
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Esta Norma Europea especifica las clases de protección y las especificaciones relativas al coeficiente de transmisión para la protección contra la radiación infrarroja. Las demás especificaciones aplicables a este tipo de filtros y a las monturas a las que se destinan, figuran en la Norma EN 166. 1. Concepto de radiación infrarroja Se entiende por radiación infrarroja aquella radiación electromagnética, no visible y que se propaga en forma similar a la radiación solar. Las ondas infrarrojas tienen longitudes de onda más largas que la luz visible (entre 1 milímetro y 750 nm). Mientras más caliente se encuentre un objeto, más radiación infrarroja emitirá. 2. Protección ocular frente a radiación infrarroja Para la protección individual del usuario el filtro debe montarse en un protector ocular adecuado. Cuando el nivel de radiación es muy elevado para la protección a IR se recomiendan los filtros con una cara reflectante, ya que la reflexión de la radiación IR provoca un menor aumento de la temperatura del filtro.
• Filtros con reconocimiento mejorado del color: En las tareas en las que es importante el reconocimiento de los colores, se recomienda el empleo de filtros para el IR que tengan un reconocimiento mejorado del color. Estos filtros llevan el siguiente marcado “4C-grado de protección”. • Filtros con reflexión mejorada del infrarrojo: En las tareas que generan una importante cantidad de calor, o en caso de exposiciones prolongadas, para mayor comodidad del usuario, se recomienda el empleo de filtros que tengan una reflexión mejorada del infrarrojo. Estos filtros llevan el siguiente marcado: “Clase de protección-R”. 3. Tipología de lentes protectoras frente a radiación infrarroja
• Vidrio/Policarbonato Hornos Azul. 4. Sectores afectados por radiación infrarroja
• Soldadura: Precalentamiento de soldadura. |
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Esta norma europea especifica aspectos referentes a los filtros solares para uso laboral. 1. Concepto de filtro solar:
El cometido principal de los filtros solares consiste en proteger el ojo humano contra una radiación excesiva, así como aumentar la comodidad y la percepción visuales. La elección del filtro dependerá del nivel de iluminación ambiental y de la sensibilidad individual al deslumbramiento. 2. Número de escala y utilización de los filtros solares:
• 5-1.1; 6-1.1: Sólo para ciertos filtros fotocrómicos en el estado claro y para el rango de mayor transmisión en el visible de los filtros degradados. Clase de protección:
• Nº de código 5: Si el filtro no tiene requisito de filtro infrarrojo.
* Los filtros con clase de protección de 6-1,1 a 6-4,1 presentan una elevada absorción de radiación infrarroja. |
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Las especificaciones para las monturas a las que se destinan vienen dadas en la Norma EN 175. Requisitos generales Los marcos o arcos portaoculares deberán asegurar una protección frente a la radiación al menos equivalente a la que proporcionan los filtros más oscuros declarados como utilizables por el fabricante o suministrador. La existencia ocasional de un sistema de ventilación no deberá afectar a la protección prevista. Marcado
• Identificación del fabricante
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Esta Norma Europea especifica los requisitos relativos a materiales, diseño, exigencia de eficacia, métodos de ensayo y marcado de los protectores oculares y faciales de malla. Son equipos que comprenden:
• Gafas integrales de malla y gafas universales de malla. *Para especificaciones sobre marcado y campo de uso ver EN 166. |
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Pantallas y visores para ser usados con cascos para bomberos conformes a la norma UNE-EN 443 o con los cascos industriales de altas prestaciones conformes a la norma EN 14052. Campo de aplicación La aplicación de la norma UNE-EN 14458:2004 se extiende a todos los visores diseñados específicamente para ser acoplados a cascos conformes con la norma UNE-EN 443 cuando sean utilizados por bomberos, o el proyecto de norma EN 14052, cuando sean usados por los servicios de ambulancias o de emergencias según dicte la situación. Clasificación de los visores: Tres tipos diferentes en función de los niveles de exposición al calor y/o las llamas: Requisito básico: El requisito básico común a los tres tipos es que ninguno de los visores, en las condiciones previstas de uso, aumentará los riesgos para el usuario. 1.- Requisitos para visores de uso general:
- Ausencia de defectos que causen molestias o daños. 2.- Requisitos para los visores de uso por bomberos:
Deben garantizar, además del requisito básico y de los requisitos de uso general citados en el apartado anterior: 3.- Requisitos para visores de malla:
Deben cumplir con el requisito básico y con los establecidos para los visores de uso general, a excepción de los relativos a resistencia al envejecimiento, propiedades ópticas del ocular, propiedades eléctricas y resistencia a los productos químicos. Requisitos opcionales:
- Protección frente al ultravioleta. Marcado: Todas las marcas, además de ser claras, permanecerán legibles durante el tiempo de vida útil previsto para el equipo. Deben ser legibles cuando el visor está acoplado en el casco, sin interferir el campo de visión del usuario. En aquellos casos en que el visor y el dispositivo de acoplamiento sean disociables se marcarán por separado. Marcado en el visor:
Obligatorias: Marcado en el dispositivo de acoplamiento al casco (si se suministra por separado del casco):
Obligatorias: |